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Introducción
El pasado 30 de septiembre, el Gobierno aprobó un real decreto-ley que establece un nuevo impuesto a las empresas eléctricas y gasistas, con el objetivo de reducir el precio de la luz y aliviar la factura de los consumidores. Este impuesto, que entrará en vigor el 1 de noviembre, se aplicará sobre los beneficios extraordinarios que obtienen las compañías por la subida del precio del gas en los mercados internacionales. En este artículo te explicamos en qué consiste este impuesto, cómo se calcula y cómo afecta a los consumidores.
¿Qué son los beneficios extraordinarios de las energéticas?
Los beneficios extraordinarios de las energéticas son aquellos que no se derivan de su actividad ordinaria, sino de factores externos que les favorecen. En este caso, se trata del aumento del precio del gas natural en los mercados internacionales, que ha alcanzado niveles récord en los últimos meses. Este aumento del precio del gas tiene un impacto directo en el precio de la electricidad, ya que el gas es uno de los combustibles que se utilizan para generar electricidad en las centrales térmicas. Así, las empresas que poseen centrales térmicas de gas obtienen unos ingresos muy superiores a los costes de producción, lo que les genera unos beneficios extraordinarios.
¿Cómo se calcula el impuesto a las energéticas?
El impuesto a las energéticas se calcula aplicando un tipo del 95% sobre los beneficios extraordinarios que obtienen las empresas eléctricas y gasistas. Para determinar estos beneficios, se establece un precio de referencia del gas natural, que se fija en 20 euros por megavatio hora (MWh). Este precio se considera el coste medio de producción del gas natural en España. Así, si el precio del gas en el mercado supera este valor, se considera que hay un beneficio extraordinario. Por ejemplo, si el precio del gas es de 60 euros por MWh, el beneficio extraordinario sería de 40 euros por MWh. Sobre este beneficio se aplicaría el tipo del 95%, lo que supondría un impuesto de 38 euros por MWh.
¿Cómo afecta el impuesto a los consumidores?
El impuesto a las energéticas tiene como finalidad reducir el precio de la luz y aliviar la factura de los consumidores. Según el Gobierno, este impuesto permitirá rebajar el precio medio de la electricidad en un 22% en noviembre y diciembre. Esto supondría un ahorro medio de unos 22 euros al mes para una familia con un consumo medio. Además, el Gobierno ha anunciado otras medidas complementarias para contener el precio de la luz, como la ampliación de la suspensión del impuesto sobre la generación eléctrica (7%) hasta finales de año, la prórroga del bono social eléctrico hasta junio de 2022 o la creación de un fondo social para evitar cortes de suministro a familias vulnerables.
¿Qué opinan las empresas y los expertos sobre el impuesto?
El impuesto a las energéticas ha generado una fuerte polémica entre las empresas afectadas y los expertos del sector. Las compañías eléctricas y gasistas han criticado duramente la medida, calificándola de “confiscatoria”, “arbitraria” e “inconstitucional”. Han advertido de que el impuesto tendrá consecuencias negativas para la inversión, el empleo y la transición ecológica. Además, han anunciado que recurrirán el impuesto ante los tribunales y reclamarán indemnizaciones al Estado.
Por su parte, los expertos han mostrado opiniones diversas sobre el impuesto. Algunos lo han defendido como una medida necesaria y justa para corregir una situación anómala y redistribuir la renta entre las empresas y los consumidores. Otros lo han cuestionado como una medida ineficaz e injusta que distorsiona el mercado, penaliza a unas empresas frente a otras y traslada el problema a otros sectores.
En definitiva, el impuesto a las energéticas es una medida controvertida que pretende aliviar la factura de la luz de los consumidores, pero que genera una fuerte oposición de las empresas afectadas y un intenso debate entre los expertos. Habrá que esperar a ver cómo evoluciona el precio del gas y de la electricidad en los próximos meses y cómo se resuelven los posibles conflictos jurídicos que se puedan derivar del impuesto.







