¿Qué debes saber sobre la nueva regulación de los criptoactivos en España?

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Algunos de los más populares son el bitcoin, el ethereum, el litecoin o el dash.

Estos activos han generado un gran interés entre inversores, consumidores y empresas, pero también han planteado importantes retos y riesgos desde el punto de vista legal, fiscal y financiero. Por ello, muchos países han empezado a regular su uso y su publicidad, con el fin de proteger a los usuarios, prevenir el fraude y el blanqueo de capitales, y fomentar la innovación.

En este artículo te explicamos cómo se ha regulado el sector de los criptoactivos en España, qué obligaciones debes cumplir si operas con ellos y qué ventajas y desventajas tiene esta nueva normativa.

 

¿Cómo se ha regulado el sector de los criptoactivos en España?

En España no existe una ley específica que regule los criptoactivos, sino que se aplican las normas generales del ordenamiento jurídico, según la naturaleza y las características de cada operación. Sin embargo, en los últimos años se han introducido algunas disposiciones que afectan directa o indirectamente a este sector.

Entre ellas destacan las siguientes:

  • La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que establece dos nuevas obligaciones informativas para las personas y entidades que proporcionen servicios relacionados con los criptoactivos:

    • Deben suministrar a la Administración Tributaria información sobre la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas, incluyendo los saldos en cada moneda y la identificación de los titulares, autorizados o beneficiarios.
    • Deben comunicar a la Administración Tributaria las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia relativas a monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas, presentando una relación nominal de sujetos intervinientes con indicación de su domicilio y número de identificación fiscal, clase y número de monedas virtuales, así como precio y fecha de la operación.

    Estas obligaciones se desarrollarán reglamentariamente y entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.

  • La Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, que establece una serie de requisitos para las comunicaciones comerciales que ofrezcan o promocionen estos activos al público:

    • Deben incluir una advertencia sobre los riesgos asociados a los criptoactivos, tales como la volatilidad, la falta de liquidez, la ausencia de garantías o la complejidad técnica.
    • Deben ser claras, imparciales y no engañosas, evitando afirmaciones exageradas o infundadas sobre las ventajas o rentabilidades esperadas.
    • Deben identificar al emisor o proveedor del servicio y su domicilio social o sede principal.
    • Deben indicar si el servicio está sujeto o no a supervisión por parte de la CNMV u otro organismo competente.

    Esta circular entró en vigor el 11 de febrero de 2022 y es aplicable a todas las comunicaciones comerciales dirigidas al público español o realizadas desde España.

 

¿Qué obligaciones debes cumplir si operas con criptoactivos?

Si eres usuario o inversor en criptoactivos debes tener en cuenta que tu actividad puede estar sujeta a diversas obligaciones legales, fiscales y financieras. Entre ellas destacamos las siguientes:

  • Debes declarar tus ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la compraventa o intercambio de criptoactivos en tu declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), integrándolas en la base imponible del ahorro. El tipo aplicable varía entre el 19% y el 26%, según el importe anual. También debes declarar tus rendimientos de actividades económicas si realizas actividades de minería, asesoramiento o intermediación con criptoactivos.
  • Debes declarar tus bienes y derechos situados en el extranjero si superan los 50.000 euros, incluyendo tus saldos en monedas virtuales, en el modelo 720 de la Agencia Tributaria. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones muy elevadas.
  • Debes cumplir con las normas de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo si realizas operaciones con criptoactivos que superen los 10.000 euros, identificando al cliente, conservando la documentación y comunicando las operaciones sospechosas al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).
  • Debes tener en cuenta que los criptoactivos no están respaldados por ningún banco central ni organismo público, por lo que no cuentan con ninguna garantía ni protección legal en caso de insolvencia, robo, hackeo o pérdida de las claves de acceso. Tampoco están sujetos a ningún mecanismo de compensación o resolución extrajudicial de conflictos.

 

¿Qué ventajas y desventajas tiene la nueva regulación de los criptoactivos?

La nueva regulación de los criptoactivos en España tiene aspectos positivos y negativos, según el punto de vista que se adopte. Entre ellos podemos señalar los siguientes:

  • Ventajas:

    • Aporta mayor seguridad jurídica y transparencia al sector, lo que puede favorecer la confianza de los usuarios y el desarrollo de la innovación.
    • Refuerza el control tributario y la prevención del fraude fiscal, lo que puede contribuir a una mayor recaudación y a una mayor equidad entre los contribuyentes.
    • Refuerza la protección de los consumidores e inversores, al exigir una información clara y veraz sobre los riesgos y las características de los criptoactivos.
  • Desventajas:

    • Impone una mayor carga administrativa y fiscal a los operadores y usuarios de criptoactivos, lo que puede desincentivar su uso y su adopción.
    • Puede generar inseguridad jurídica e incoherencia normativa al no existir una regulación armonizada a nivel europeo o internacional, lo que puede provocar conflictos o lagunas legales.
    • Puede limitar la innovación y la competencia al establecer barreras o requisitos excesivos para el acceso o la prestación de servicios relacionados con los criptoactivos.

En conclusión, la nueva regulación de los criptoactivos en España supone un avance importante para adaptarse a la realidad del mercado y a las demandas sociales, pero también plantea nuevos retos y desafíos para el sector. Por ello, es necesario seguir atentos a las novedades legislativas que se produzcan en este ámbito, tanto a nivel nacional como internacional.


Espero que te haya gustado esta entrada. Si quieres saber más sobre el mundo de los criptoactivos, te invito a visitar mi web https://eljuristadigital.es/, donde encontrarás más artículos interesantes sobre este y otros temas legales. También puedes suscribirte a mi newsletter para recibir las últimas novedades en tu correo electrónico.

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Alex Rodriguez

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